El trabajo versa sobre algunos aspectos relevantes de la nueva Ley del Registro Civil, de 21 de julio de 2011. Dentro de los temas abordados, pueden destacarse los siguientes: la elaboración de un concepto de estado civil; el análisis del art. 4, vertebrador de la nueva Ley Registral, relativo a los hechos y actos inscribibles; la implantación de un registro individual con la consiguiente ruptura de la división artificiosa del Registro Civil en secciones; y, especialmente, la nueva regulación del orden de atribución de los apellidos consagrada en el art. 49.2 LRC 2011, que suprime la histórica y arraigada prevalencia del apellido paterno frente al materno, adecuando nuestro ordenamiento al art. 14 de la Constitución y a la tendencia legislativa y jurisprudencial en la Unión Europea
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