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El derecho a la ciudad: Praxis de la utopía

  • Autores: Ana Sugranyes
  • Localización: Hábitat y sociedad, ISSN-e 2173-125X, Nº. 1, 2010 (Ejemplar dedicado a: Producción y gestión social del hábitat), págs. 71-79
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El derecho a la ciudad fue formulado en defensa de los chabolistas en Francia a finales de los años 60. A partir de los años 90, organizaciones civiles y foros internacionales en América Latina han retomado los valores de este derecho colectivo emergente para construir una propuesta de cambio y alternativa a las condiciones de vida urbana generadas por las políticas neoliberales. El derecho a la ciudad propicia el ejercicio pleno de la ciudadanía y de todos los derechos humanos, la producción y gestión social del hábitat, la gestión democrática de la ciudad, a través de la participación de la sociedad de forma directa; propugna la función social de la propiedad y de la ciudad, donde predomine el bien común sobre el derecho individual de propiedad, lo que implica el uso socialmente justo y ambientalmente sustentable del espacio urbano. Ahora este derecho está incorporado en la Constitución de Ecuador, el Estatuto de la Ciudad en Brasil y la Carta por el Derecho a la Ciudad en el Distrito Federal de México. Es una bandera política del �buen vivir� en ciudades de todo el mundo.


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