La política criminal internacional en materia de crimen organizado se ha ido centrando cada vez más en medidas de carácter preventivo y en la persecución del patrimonio de las organizaciones criminales. Por un lado, los distintos instrumentos supranacionales en materia de blanqueo de capitales desarrollan medidas de carácter administrativo o policial que involucran cada vez más a los sujetos o entidades privados. Por otro lado, por la vía estrictamente penal se trata no solo de perseguir a los partícipes, sino de privar a las entidades criminales de su patrimonio. Uno de los objetivos de este trabajo es exponer, desde un punto de vista comparado, cómo los objetivos de política criminal provocan efectos distorsionadores al colisionar con postulados que rigen en la dogmática penal. Así mismo, se aporta una solución al problema de si el tipo penal del blanqueo de capitales debe interpretarse como un delito que exige un elemento especial intencional.
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