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La incapacitación judicial y el peritaje social: una visión desde las fundaciones tutelares

  • Autores: José Daniel Rueda Estrada
  • Localización: Agathos: Atención sociosanitaria y bienestar, ISSN 1578-3103, Año 12, Nº. 1, 2012, págs. 30-41
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El texto señala que en el articulo 759 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, referido a "Pruebas y audiencias preceptivas en los procesos de incapacitación", se debería incluir como "obligatorio" el dictamen pericial social, al igual que lo es el dictamen medico. Para ello, se apoya en la Ley 13/1983 de reforma del Código Civil en materia de incapacitación y tutela, los referidos al procedimiento de incapacitación y sobre el dictamen de peritos de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil y otras normas como la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con Discapacidad, ratificada por el Reino de España el 23 de noviembre de 2007 y en vigor desde el 3 de mayo de 2008. Y todo ello encuadrado en el papel básico que desempeñan las entidades tutelares.

    • English

      The text states that Article 759 of Law 1/2000 of Civil Procedure, referred to "Evidence and hearings mandatory in the process of disability" should be included as "compulsory" social expert opinion, as its the medical opinion.

      This is supported by the Law 13/1983 of civil code on incapacitation and guardianship, the procedure referred to incapacitation and the expert opinion of the Law 1/2000 of Civil Procedure and other rules such as the Convention on the rights of Persons with Disabilities, ratified by the Kingdom of Spain on November 23, 2007 and in force since May 3, 2008. And all of it framed in the basic role played by tutelary entities.


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