Se da noticia en esta reflexión de un reciente acto de Su Santidad el Papa Benedicto XVI que, consistiendo formalmente sólo en transferir a un nuevo Oficio que se crea junto al Tribunal de la Rota Romana dos concretas competencias que hasta ahora correspondían a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en realidad puede tener un significado no meramente reorganizativo. Al hilo de ello, se incluyen algunas sugerencias para cubrir ciertas lagunas normativas existentes en la regulación actual y para aumentar las garantías procesales de quienes han de moverse en estos procesos. Se incluye también alguna observación sobre aspectos formales y en especial sobre el modo de promulgación que se dispone en el acto papal.
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