El objeto del presente artículo no se centra en analizar las reformas aprobadas, sino en reflexionar sobre aquellas reformas que, a juicio del autor, podrían haber contribuido a la agilización del proceso y evitarían abusos que se vienen produciendo y que, sin embargo, no se han incorporado a esta Ley; y el autor también comenta aquellos preceptos que a la luz de la reiterada jurisprudencia existente o de los problemas que plantean deberían haber sido modificados. En definitiva, su reflexión versa sobre lo que la Ley no dice y debería decir.
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