Tras la promulgación y entrada en vigor de la LEC 2000, el debate acerca del alcance de la oposición a la pretensión judicial del cobro de un título cambiario, se amplió a la naturaleza misma del procedimiento de Juicio Cambiario. La discusión plantea un problema de base: si el Juicio Cambiario es un proceso ejecutivo o declarativo. Esta disyuntiva afecta a los motivos de oposición que pueden o no esgrimirse por el deudor, y al alcance y eficacia de la sentencia que se dicte resolviendo la eventual oposición.
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