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Criterios de determinación de la edad penal relevante: ¿Apartir de qué momento el delito cometido por un menor merece la intervención penal?

  • Autores: María Teresa Requejo Naveros
  • Localización: Crítica, ISSN 1131-6497, Año 61, Nº. 976, 2011 (Ejemplar dedicado a: Los menores en España. Lás víctimas más vulnerables), págs. 26-29
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Cuando un menor de 18 años comete un delito, su responsabilidad criminal no se dirime conforme a los postulados del Código penal de 1995, que es el Código penal de los "adultos", sino el acuerdo a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor (en adelante LORPM). La LORPM contiene tanto el catálogo de medidas -que no sanciones- susceptibles de ser aplicadas al menor que delinque, como el procedimiento que se debe seguir a la hora de determinar la responsabilidad criminal en la que el menor pueda haber incurrido.


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