El depósito para recurrir que introdujo la LO 1/2009, suscita numerosas polémicas, en tanto que condiciona el acceso al recurso, emanación indirecta de un principio fundamental, al previo pago de un depósito legal de dudoso fundamento. No obstante, la jurisprudencia ha ido introduciendo de manera progresiva en este campo la doctrina de la subsanación de los actos procesales, así como el principio de proporcionalidad, en un intento de evitar una aplicación excesivamente rigurosa de dicha carga procesal.
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