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Resumen de La Ley 37/2011 de Medidas Urgentes de Agilización Procesal: anotaciones a las adoptadas en el orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo

Carlos Hernández López

  • La reforma de las leyes debe de responder a su agotamiento o insuficiencia respecto de la realidad a la que se aplican, y no a una simple campaña de imagen que es a lo que hemos acabado reduciendo la función política y, en no pocas ocasiones, la actividad legislativa. En el caso de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hace falta desde luego una profunda reforma de la legislación vigente, aunque no precisamente la que se contiene en la ley 37/2011.


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