El 26 de febrero de 1976 España puso término a su presencia en lo que se denominó el Sahara español; sin embargo, los efectos de esa colonización han trascendido hasta hoy en relación a la nacionalidad de quienes, en su momento, fueron considerados españoles. Este trabajo pretende dar una visión dinámica de cómo la Jurisprudencia española y la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado han valorado el estatus nacional de los saharauis. Si el punto de partida es una desvinculación absoluta, con la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1998 se inicia una nueva vía que afirma que aquel territorio debía ser considerado territorio español y se reconocen vínculos de nacionalidad española a los saharauis. Este planteamiento tiene trascendencia sobre todo el régimen de nacionalidad regulado en el Código Civil y en relación a ciertos aspectos del Derecho de extranjería. El análisis individualizado de cada uno de estos aspectos permite concluir que las teorías de la vinculación quedan desactivadas cuando se exige la prueba fehaciente de circunstancias como el nacimiento o la nacionalidad de los sujetos saharauis.
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