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La ordenación urbana de Gijón en el PGOU 2006

  • Autores: Luis Felipe Alonso Teixidor
  • Localización: Urban, ISSN 1138-0810, Nº. 13, 2008 (Ejemplar dedicado a: Planeamiento municipal en España (II)), págs. 8-33
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La adaptación del PGOU de Gijón de 1998 a la nueva Ley del Suelo Asturiano tenía como finalidad principal reorganizar el destino de una categoría del suelo no urbanizable no contemplado en la Ley, y se centró sobre todo en continuar la expansión de la ciudad y en controlar firmemente el crecimiento de los llamados núcleos rurales en el suelo no urbanizable, una categoría que sí contempla la Ley. Los principales desafíos de la nueva expansión han sido finalizar el espacio urbano de la ciudad por el este y el oeste y avanzar una propuesta para hacer ciudad en el campo, rompiendo con la continuidad convencional de las tramas tradicionales del espacio urbano de Gijón, ya prácticamente agotadas con esta adaptación. En el suelo no urbanizable se ha querido poner de relieve el valor de los �vacíos� de urbanización como una condición positiva y determinante del modelo territorial propuesto, por encima y más allá de sus cualidades ecológicas, paisajísticas o productivas, y se ha presentado con ello una propuesta para reducir drásticamente la implantación de vivienda en cualquier categoría de esta clase de suelos.

      El suelo urbano, teóricamente al margen de la adaptación, ha terminado constituyendo una tarea sustancial del Plan, con el rediseño de la normativa y el ajuste y resolución de una gran cantidad de situaciones problemáticas allí existentes.


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