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Resumen de Aspectos orgánicos del recurso especial en materia de contratación pública en las comunidades autónomas

Miguel Ángel Bernal Blay

  • La necesidad de adaptar el sistema de recursos en materia de contratación pública previsto en la Ley 30/2007 de contratos del sector público al Derecho de la Unión Europea, ha llevado a afrontar la cuestión de la atribución de la competencia para su conocimiento y resolución. La solución adoptada ha sido la creación de un órgano administrativo "central", habilitando a las comunidades autónomas para la creación de sus propios órganos, que conocerán de los recursos contractuales planteados en sus respectivos ámbitos territoriales. Por el momento, tan sólo 3 comunidades autónomas han creado dichos órganos, aunque otras tienen proyectos o han autorizado su creación. El presente artículo da cuenta del modo en que se han configurado hasta el momento esos órganos, analizando cómo las características de los mismos garantizan su independencia para la resolución de los recursos en materia de contratación pública.


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