El articulo se aboca al estudio del artista en tanto �sujeto de derecho�, y en particular en su consideración como débil jurídico, evidenciando las particularidades propias de su inferioridad jurídica, para luego pensar algunas soluciones que desde el Derecho cabe adoptar, orientado principalmente hacia la consagración de un �estatuto jurídico� integral, en especial a partir de la construcción de un Derecho del Arte.
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