El presente artículo aborda el estudio de si la doctrina del Tribunal Supremo que niega efectos positivos contra legem en el ámbito de las licencias urbanísticas es extensible a otras esferas del urbanismo, más concretamente a la de recepción de obras de urbanización que no se ajustan a la Ley o al Planeamiento. Se estudia, en definitiva, si tal doctrina jurisprudencial puede conceptuarse como un principio general de todo nuestro Derecho urbanístico.
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