Pretende este trabajo dar cuenta de las previsiones de reforma de la legislación concursal en materia de órganos del concurso, partiendo con tal motivo del modelo instaurado por la vigente ley de 2003, objeto ya de varias modificaciones en este tiempo de vigencia. A tal efecto, se analizan separadamente las repercusiones de la reforma prevista en la administración concursal, como órgano relevante a lo largo del procedimiento, así como, más sucintamente, las que afectan a otros órganos, como el juez o la junta de acreedores. También se ofrece una panorámica de las previsiones de reforma que afectan a los órganos de la persona jurídica concursada, especialmente cuando se trata de una sociedad mercantil, teniendo en cuenta la peculiar relación que se establece a lo largo del concurso entre ambos órganos, los propios del concurso y los que la persona jurídica deudora mantiene, sin perjuicio de los efectos que sobre su funcionamiento despliega la declaración del concurso. Finalmente, se recogen unas consideraciones finales para dejar constancia de las posibles alteraciones de la propia reforma como consecuencia de la tramitación parlamentaria del Proyecto, una vez conocido el contenido de las enmiendas presentadas en materia de administración concursal.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados