La habitual crónica de la RIC de este año se centra en un requisito sustancial de este incentivo fiscal que, sin embargo, no figura como tal en la normativa. Una vez más es la interpretación de los Tribunales la que confirma el criterio administrativo de que la decisión de dotar la RIC ha de tomarse antes de la presentación del impuesto. Criterio que fugazmente el legislador quiso suavizar con la incorporación de una presunción en la normativa que entendía bien dotada la reserva si se había presentado dentro del plazo la declaración del impuesto. Presunción que desaparece en la normativa 2007-2013. En este artículo se abordan los efectos de esta desaparición y se aportan soluciones a la luz de la jurisprudencia existente.
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