El autor justifica la separación, característica de nuestro tiempo, entre los cultivadores de derecho romano y aquellos de derecho civil, atribuyéndolo a dos metodologías irreconciliables: los romanistas han concentrado sus esfuerzos durante mucho tiempo en la búsqueda de interpolaciones (incomprensible para los civilistas), y estos últimos, a partir de la Pandectística, han priorizado las impostaciones teóricas, de carácter general, contrarias al método casuístico propio de la jurisprudencia romana y por eso lejanas a la práctica, convirtiéndose en meros ejecutores de normas jurídicas impuestas por el poder dominante. Por lo tanto es preciso revalorizar el papel que desempeñaba el jurista en la sociedad romana y la función del ius, en cuanto producido por una categoría de expertos, precisamente los juristas, dedicados continuamente a la investigación del bonum y del aequum y por ello a la solución más correcta para el caso concreto.
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