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Los acuerdos por escrito de los socios:: especial referencia al Derecho alemán y británico

  • Autores: Rafael García Pérez
  • Localización: Revista de derecho de sociedades, ISSN 1134-7686, Nº 36, 2011, págs. 313-334
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Los sistemas de adopción de acuerdos por escrito sin celebración de junta general en las sociedades de responsabilidad limitada, que la Ley de SRL de 1953 preveía pero que están ausentes en la Ley de Sociedades de Capital, han recobrado su interés. El motivo es que la Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se aprueba el estatuto de la sociedad privada europea de 25 de junio de 2008 prevé que la adopción de acuerdos no requerirá la celebración de una junta general. Este estudio analiza brevemente el sistema que preveía la Ley de sociedades de responsabilidad limitada de 1953 y con mayor detalle los Derechos británico y alemán al respecto. El sistema alemán se caracteriza por una regulación poco detallada y de carácter dispositivo, mientras que el británico se particulariza por su detallada reglamentación y carácter imperativo. Se estudian, además, otras formas de adopción de los acuerdos de manera informal en aquellos países. Por último, se identifican determinados extremos que se presentan problemáticos en cualquier sistema de adopción de acuerdos por escrito, como elemento esencial para poder diseñar un sistema legal o estatutario completo y eficaz de regulación de los mismos.


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