El Tribunal Constitucional parece haber comprendido al fin, y esto es muy positivo, que la interpretación jurisprudencial conocida como doctrina Parot, ratificada por el legislador, es una bocanada de justicia y satisface la necesidad social de ver cómo se da a cada uno lo suyo, suum quique tribuere. Desactivarla significaría no sólo extravasar su propia jurisdicción una vez más, invadiendo el terreno de la ordinaria, sino subvertir simultáneamente la configuración constitucional y el ordenamiento jurídico por consideraciones coyunturales ajenas a él, léase por motivos políticos partidarios.
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