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Descoordinación de competencias en materia de energías renovables

  • Autores: Abel Estoa Pérez
  • Localización: Revista General de Derecho Administrativo, ISSN-e 1696-9650, Nº. 27, 2011
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En materia de energías renovables las Comunidades Autónomas son competentes para la autorización de las instalaciones, mientras el Estado tiene asignada su retribución. La producción de electricidad procedente de energías renovables tiene efectos socialmente positivos y por ello, y porque sus costes son superiores a los del régimen ordinario, se incentiva económicamente. Pero los incentivos han provocado una proliferación de instalaciones que las Administraciones autonómicas y estatal, cada una por sus particulares motivos, han intentado regular. Tal regulación ha complicado el procedimiento de tramitación de instalaciones, generando descoordinación entre Administraciones en las fases de acceso y conexión y en la de acogimiento al régimen especial e inscripción de las instalaciones. La Ley de Economía Sostenible contiene medidas, entre las que figura una Conferencia Sectorial en materia de energía, que puede combatir eficazmente la denunciada descoordinación.


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