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De la desconfianza recíproca al reconocimiento mutuo, una laboriosa transición: el Reglamento Bruselas II bis como banco de pruebas

  • Autores: Rocío Caro Gándara
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7641, 2011
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Un análisis de la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia sobre el Reglamento (CE) 2201/2003 en materia de responsabilidad parental, lleva a concluir que el reconocimiento mutuo sólo puede asentarse en una confianza recíproca que en muchos casos no existe. Ésta es, a su vez, la base de una cooperación eficaz. Como señala el Programa de Estocolmo (Una Europa abierta y segura que sirva y proteja al ciudadano), asegurarla y encontrar nuevas maneras para aumentarla y para desarrollar la compresión mutua entre los distintos ordenamientos jurídicos de los Estados miembros, constituye uno de los principales retos de la UE para los próximos años.


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