La Ley de Enjuiciamiento Criminal quedó derogada en lo relativo a la Policía Judicial tras la aprobación de la Constitución y de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Hoy constituyen Policía Judicial, sólo determinados miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, es decir, determinados «policías», que además y tal y como se aprobó en el diseño constitucional, deberían depender plenamente, y no sólo «funcionalmente» del Poder Judicial.
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