Aunque la normativa comunitaria no establece normas anti-abuso concretas, sino que faculta a los Estados miembro para que establezcan las suyas propias, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha ido estableciendo en sus sentencias una serie de criterios a efectos de determinar la existencia o no de prácticas abusivas.
Juan Ignacio Martínez dedica este artículo a hacer un repaso de los criterios establecidos por el Tribunal europeo, centrándose en los supuestos relativos al IVA y el derecho a la deducción de las cuotas soportadas, tras la reciente publicación por el TJCE de una nueva sentencia relativa a la aplicación en el ámbito del lVA del principio de prohibición de prácticas abusivas.
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