El fin de este trabajo es hacer una reflexión sobre el derecho de los ciudadanos, y en especial de los vecinos, a ser protagonistas del pueblo o ciudad que quieren para sí, para sus hijos y nietos. Pueblo o Ciudad que se diseña y conforma a través de la ordenación urbanística y de su ejecución. Este análisis nos permite comprobar cómo el legislador hace esfuerzos para que la participación ciudadana en materia urbanística sea cada vez más posible, como expresiones de un Estado social y democrático, y como manifestación de que el poder emana de pueblo y por tanto de los ciudadanos.
En ese esfuerzo de facilitar la participación ciudadana a través de la exigencia obligada y preceptiva de someter a información pública numerosos procedimientos, el derecho de acceso libre a la documentación e información, la publicidad del planeamiento, puede resultar más fácil y asequible, incluido el derecho a la acción pública, que se le reconoce; poniendo a disposición de la Administración y de los ciudadanos todos los medios técnicos que nuestra sociedad permite.
De ese modo queda claro ese afán del legislador al establecer, con el artículo 4 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2008, un verdadero estatuto jurídico del ciudadano y de sus derechos, en materia urbanística; al reconocer al ciudadano el derecho a la Administración electrónica, por medio de la Ley 11/2007; y por el deber impuesto a la Administración, en relación al procedimiento en general, y de forma específica a través de evaluación de las diferentes normas urbanísticas, exigiendo garantizar el acceso a la información con seguridad jurídica, así como a ejercer sus derechos por vía electrónica o telemática.
El análisis de la realidad permite observar cómo el desvelo y la evolución legal del legislador a disponer los medios necesarios para la efectividad de los derechos de los ciudadanos, no es correspondido en la práctica administrativa cotidiana. Quizás se vaya evolucionando, pues al menos no se rechazan los principios, ni el protagonismo del ciudadano o vecino, pero resulta más difícil su interiorización por los demás agentes intervinientes. Es necesario que los representantes públicos se lo crean de verdad, y que todas las instituciones públicas creen las condiciones adecuadas para su efectividad y no penalicen la acción de quienes las reclaman o exigen.
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