Francisco Javier Jiménez Muñoz
Como es sabido, el derecho de desistimiento consiste en la posibilidad, otorgada convencional o legalmente �para determinados contratos�, de que alguna de las partes, por su exclusiva voluntad y libre decisión, y sin necesidad de invocar causa alguna para ello, pueda dar por terminada una relación contractual. Además de estos supuestos legales o convencionales, también cabe entender que existirá implícitamente en las obligaciones de naturaleza duradera que carezcan de plazo de duración pactado y se basen en la confianza recíproca de las partes.
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