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Resumen de La inscripción de los actos de disposición sobre bienes inmuebles eclesiásticos en el Registro de la Propiedad

María Goñi Rodríguez de Almeida

  • La inscripción de los actos de disposición sobre bienes eclesiásticos en el Registro de la Propiedad español, supone que el registrador, en su función calificadora, aplique el ordenamiento canónico en cuanto a los requisitos necesarios para la enajenación. En este trabajo, se analiza, por tanto, cuáles son los requisitos canónicos de dichos actos de enajenación, su diferencia con los requisitos civiles, y cómo se coordinan ambos ordenamientos, tratando de dar respuesta al problema de la eficacia y validez civil de los actos de enajenación canónicos. Por último, se dedica una especial atención al examen de cada uno de los presupuestos y requisitos registrales que el Registrador debe examinar, con el fin de practicar correctamente el asiento de inscripción solicitado.


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