La crisis financiera ya ha dado lugar a cambios significativos en la regulación bancaria. Sin embargo, hay un tema que, pese a haber sido ya acordado al máximo nivel, todavía no ha dado frutos concretos. Se trata de un nuevo marco prudencial para los bancos sistémicos, (los demasiado grandes para quebrar) que, entre otras medidas, les dote de una capacidad diferencial para absorber pérdidas. El debate sobre la necesidad de esas medidas, y, en particular, sobre las posibles características de los recargos de capital que se proponen a tal fin y sobre la alternativa de sustituirlos por quitas coercitivas a los acreedores constituye un objeto interesante para el análisis y a ello se dedica este artículo
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados