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Líneas directrices del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) para la evaluación de complementos alimenticios eleborados a base de componentes de origen vegetal y sus preparaciones

  • Autores: Arturo Anadón Navarro, Margarita Arboix Arzo, Gloria García Lorente, José María Martín del Castillo, Teresa Ortega Hernández-Agero, José Juan Sánchez Sáez, Lourdes Suárez González, Mar Ferrero Palma, María Jesús Calcedo Barba
  • Localización: Revista del Comité Científico de la AESAN, ISSN 1885-6586, Nº. 6, 2007, págs. 19-34
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Existen productos comerciales elaborados a base de plantas que bien por la forma de uso tradicional o por las acciones fisiológicas que desencadenan sus componentes, son difíciles de clasificar en el ámbito de los alimentos o de los medicamentos. Este hecho plantea un serio problema a la hora de aplicar la normativa que los regula.

      En la elaboración de esta Guía se ha tenido en cuenta tanto la definición de medicamento (Ley 29/2006, de 26 de Julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios) que describe las funciones que puede desempeñar un producto considerado como tal, como la regulación de las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (Reglamento (CE) nº 1924/2006) que hace lo propio con los productos que, considerándose alimento, desencadenan ciertas funciones fisiológicas que pueden abordarse tanto desde las ciencia de la medicina como de la nutrición.

      En este documento se presenta el procedimiento y los criterios de evaluación de los complementos alimenticios elaborados a base de elementos botánicos. Para ello, se determinan los factores inherentes a estos complementos que pudieran constituir un peligro cuando fueran consumidos.

      Entre estos factores son destacables la identificación botánica inequívoca de la especie y la parte de la planta que se utiliza, junto con la estandarización de las fases de producción para controlar y reducir la natural variabilidad en la composición de la materia vegetal (Anexo II, partes II y III de este documento).

      Así mismo, se ha considerado adecuado establecer dos procedimientos de evaluación de la seguridad del producto terminado (Anexo II, parte IV), y el requisito de demostrar el efecto fisiológico que por ley, le es exigible a este tipo de productos (Anexo II, parte V).


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