El Tribunal Constitucional ha rectificado expresamente su anterior jurisprudencia que obligaba al juez ordinario a plantear la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia antes de inaplicar la ley interna incompatible con el Derecho de la Unión Europea. La Audiencia Nacional desarrolla con acierto el denominado juicio de relevancia previo al planteamiento o no de la cuestión prejudicial comunitaria, incardinándolo en el deber de motivación de las decisiones judiciales.
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