La reciente publicación del RD 1796/2010, de 30 de diciembre, relativo a las agencias de colocación, viene a cerrar un ciclo en la regulación jurídica de las agencias privadas de empleo que, tanto en la normativa nacional como en los Convenios OIT sobre la materia, ha seguido un curioso recorrido, pasando de la prohibición a ser catapultadas como aliados necesarios de los poderes públicos en la tarea de luchar contra el desempleo e incluso a ser consideradas como un agente que podría colaborar en prevenir conductas delictivas y abusivas hacia los trabajadores, especialmente los migrantes.
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