La celebración de un contrato de transporte terrestre de mercancías genera ciertas obligaciones que deben cumplirse antes incluso de producirse la recepción de las mercancías por parte del porteador. De entre ellas destaca por su importancia para un correcto desenvolvimiento del transporte la obligación del porteador de proveer, en el lugar y plazo pactados, un vehículo que sea idóneo para el transporte de las mercancías objeto del contrato. El presente estudio analiza las cuestiones más relevantes en torno a la elección del vehículo por parte del transportista, así como las consecuencias jurídicas derivadas, tanto de la puesta a disposición de un vehículo no apto para el transporte, como del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la obligación de suministrar el vehículo en el lugar y tiempo convenidos.
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