Con la Directiva 2006/114/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa (Versión codificada), (en adelante Directiva 2006/114), se persiguió la codificación (compilación) de la Directiva 84/450/CEE del Consejo, de 10 de septiembre de 1984, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad engañosa (en adelante Directiva 84/450/CE) y de las sucesivas modificaciones a la misma, presentándolas así, en un solo cuerpo legislativo. En el proceso de codificación el legislador comunitario elimina toda referencia a la protección de los consumidores, y señala en forma expresa que su objeto es proteger a los �comerciantes� (competidores) contra las consecuencias de la publicidad engañosa y además, establece las condiciones de licitud específicas de la comparación para la procedencia de la publicidad comparativa, estableciendo principios generales uniformes pero dejando a los Estados miembros la elección de la forma y de los medios apropiados para conseguirlo. En el presente estudio se hace un examen general de la Directiva 2006/114/CE, de la publicidad engañosa, de los elementos a considerar para determinar el engaño, y de las pautas indicativas de engaño en la publicidad así como de la publicidad comparativa y de las condiciones específicas de licitud de la comparación.
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