No puede dejar de reconocerse que, abstracción hecha, de la existencia de algún desajuste en el catálogo de penas establecido por el legislador para el castigo de determinadas conductas relacionadas con el tráfico de drogas �particularmente las realizadas a través de una estructura organizada� las reformas introducidas en el Código Penal por la LO 5/2010, pueden considerarse satisfactorias: al permitir modular el reproche penal con mayor grado de acierto, aproximándolo a una realidad social, abigarrada, plural y heterogénea, que demanda un tratamiento singular, diferenciado para cada conducta integradora del tipo incriminado.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados