Los alcaldes árbitros elegidos por los representantes de los concejos de la ciudad de Calahorra y sus aldeas y de la villa de Autol pronuncian, el 13 de diciembre de 1381, en el lugar donde sus representantes legales se reunían en la Alta Edad Media para celebrar el medianedo, una sentencia que pone fin a los desacuerdos que habían surgido entre sus vecinos sobre cómo llevar a cabo el aprovechamiento económico conjunto de sus términos comuneros. En ella establecen, fundamentalmente, una mancomunidad de pasto y monte entre ambos concejos y señalan los términos en los que sus vecinos pueden apacentar sus pequeños rebaños de ganado estante con sol, aquellos en los que pueden hacer rozas para destinarlos paulatinamente a un uso agrícola, y aquellos otros en los que podrán aprovisionarse de leña, de qué tipo y cómo.
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