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Legítima defensa versus cumplimiento del deber en la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad

  • Autores: Francisco Martín Ancín
  • Localización: Ciencia policial: revista del Instituto de Estudios de Policía, ISSN 1886-5577, Nº. 100 (mayo/junio), 2010, págs. 5-45
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La legítima defensa no es monopolio de los particulares, sino que también puede ser invocada y eximir de responsabilidad a los funcionarios de policía en relación con sus actuaciones de defensa propia o ajena; y, por otro lado, que los funcionarios de policía en cumplimiento de su deber pueden y deben recurrir a la fuerza cuando las circunstancias lo requieran. Por el conflicto puede surgir según se entienda si, ante una determinada actuación poicial, debe aplicarse una u otra de las eximentes de legítima defensa y/o cumplimiento del deber, o ambas conjuntamente, habiéndose pronunciado el Tribunal Supremo en ambos sentidos.


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