Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de El contrato de cesión de derechos al uso privativo del agua: otra forma de adquirir derechos sobre las aguas públicas más allá de las concesiones administrativas

Daniel Vázquez García

  • El contrato de cesión de derechos al uso privativo del agua fue introducido en nuestro ordenamiento jurídico como mecanismo de flexibilización de la excesiva rigidez del régimen concesional para el uso privativo del dominio público hidráulico establecido por la Ley de Aguas de 1985. Nos encontramos ante un contrato que posibilita la reasignación temporal de volúmenes de agua ya concedidos, sin hacer, por tanto, uso de otros adicionales, mediante un simple acuerdo de voluntades. A pesar de sus virtudes, este contrato no ha estado, sin embargo, exento de polémica, toda vez que se le ha culpado de abrir una peligrosa vía hacia un «mercado del agua» en un ordenamiento como el nuestro en el que el recurso hídrico es considerado como un bien de dominio público. Para evitar precisamente que se terminara incurriendo en ese mercado, el legislador optó por introducir un contrato fuertemente regulado tanto desde el punto de vista objetivo como subjetivo. Son precisamente los diferentes elementos que componen el contrato lo que constituye el objeto de este estudio. En su análisis, nos detendremos en sus virtudes, que son muchas, y defectos, que también los tiene, así como en las dificultades prácticas que los operadores han encontrado a la hora de formalizarlo como medio alternativo a la solicitud de concesiones para la utilización privativa del dominio público hidráulico, en una España en la que los sectores secundario y terciario demandan cada vez más agua, pero en el que la escasez del recurso hídrico ha sido y sigue siendo un problema.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus