SENTENCIA de 13 de ENERO de 2010: Arrendamiento de local de negocio. Subrogación por parte de la viuda a titulo personal y no en representación de la comunidad hereditaria formarla con sus hijos.. Contrato verbal mensual a favor de estos, prolongado por tácita reconducción y extinguido por requerimiento del propietario. Fijación de doctrina sobre la DT 3ª LAU: sólo puede subrogarse un único descendiente y a condición de que éste continúe la actividad desarrollada en el local.