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La necesidad de la motivación administrativa en la fijación de los servicios mínimos en los servicios calificados como esenciales de la comunidad

  • Autores: Celsa Pico Lorenzo
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7496, 2010
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La fijación de servicios mínimos en el ejercicio del derecho de huelga ha de realizarse por órgano con responsabilidad política. La motivación individualizada en la concreción de los servicios mínimos para la prestación del servicio público reputado esencial es condición necesaria así como la justificación de la esencialidad del servicio. Se lesiona el derecho de huelga cuando se utiliza otros trabajadores para sustituir a quienes secundan la huelga.


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