Colombia es un Estado social, constitucional y democrático de derecho que tiene por principio rector el de primacía constitucional.
Este modelo político se caracteriza por la presencia de unos principios considerados en ocasiones normas morales y en otras normas jurídicas. Esa variedad de concepciones y funciones condiciona la tarea que cumplen dentro del ordenamiento jurídico: pueden ser considerados solamente como normas morales que sirven para interpretar; normas jurídicas que desempeñan una función auxiliar en relación a la ley o normas jurídicas que, además de servir de criterios de interpretación, determinan la validez de las restantes normas del ordenamiento. Esa pluralidad de concepciones y funciones impone un estudio de los principios que supere la noción que de los mismos se tenía en el Estado liberal como elementos extrajurídicos o, en el mejor de los casos, como normas auxiliares en la interpretación de la ley. El estudio de los principios resulta fundamental cuando es claro que en el contexto del Estado social y constitucional están presentes en todo razonamiento jurídico. El presente escrito ofrece once sugerencias a tener en cuenta al momento de abordar una teoría de principios jurídicos, para lo cual se acude al denominado positivismo metodológico considerado para estos efectos como la propuesta iusfilosófica que mayor coherencia puede tener en relación con los fines del Estado constitucional: limitar el poder y preservar las garantías individuales.
Colombia is a constitutional and democratic rule of law which is the key principle of constitutional supremacy. This political model is characterized by the presence of principles sometimes considered moral norms and legal rules. This variety of ideas and functions that meet the task conditions within the legal system: they can be considered only as moral norms which are able to interpret; legal rules play a supporting role in relation to the law or legal rules also serve as criteria interpretation, determine the validity of the remaining rules of the system. This plurality of ideas and duties requires a study of the principles that goes beyond the notion that it was the same in the liberal state as being extra-legal or, at best, and supporting standards in the interpretation of the law. This paper offers eleven suggestions to take into account when addressing a theory of legal principles to which they go to so-called methodological positivism considered for this purpose as the proposal that greater coherence iusfilosófica may have in relation to the purposes of the constitutional state : limit power and protect individual rights.
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