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Anonimización de los datos personales en procesos implicados infantes y adolescentes: Las reglas de Heredia

  • Autores: Alexander Díaz García
  • Localización: AR: Revista de Derecho Informático, ISSN-e 1681-5726, Nº. 125, 2008, 16 págs.
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En Colombia mediante la Ley 1098 de noviembre 6 de 2006, se expidió el Código de la Infancia y la Adolescencia. En su texsto confluyen los preceptos que internacionalmente se refieren al tema y fueron aprobados a través de leyes como la 12 de 1991 por la cual se ratifica la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño; Ley 173 de 1994 por la cual se ratifica el Convenio Internacional sobre aspectos civiles del Secuestro de Niños; Ley 515 de 1999 por la cual se aprueba el Convenio 138 de la OIT sobre la edad mínima para la admisión al empleo; Ley 620 de 2000 por la cual se aprueba la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores; Ley 704 de 2001 por la cual se ratifica el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo; Ley 765 de 2002 por la cual se aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; Ley 74 de 1968, en donde se adopta el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos entre otras. Los derechos y deberes consagrados en nuestra Constitución Nacional, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia, estableciéndose el derecho entre otros, el de reserva de las actuaciones judiciales; este estudio concluye de la necesidad de anonimizar los datos personales del menor infractor o menor vulnerado dentro de dicho trámite.


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