La sujeción de la herencia al concurso de acreedores, tiene una serie de implicaciones derivadas de la singularidad del sujeto, heredero o legatario, y sin duda, de la especial entidad del patrimonio con titular interinamente indeterminado. En este trabajo se analizan las particularidades sobre el patrimonio abocado al concurso, en el que, siendo preciso determinar el valor de los activos con los que cuenta la herencia y las deudas que tiene que asumir, incide necesariamente en una intervención plena de la administración del concurso, sin voz ni voto de los herederos o legitimarios. Este estudio se realiza desde una perspectiva específica, derivada del fallecimiento del deudor, iniciado o no el concurso, y que coloca el conjunto del patrimonio del causante en situación marginal, bajo la administración ineludible del administrador concursal.
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