Tradicionalmente, la dación en pago ha sido configurada por la doctrina española y extranjera de muy diversas maneras con la finalidad de atribuirle una concreta naturaleza jurídica que fuese capaz de resolver todas las cuestiones conflictivas que la misma plantea. Una de las posiciones doctrinales que se han mantenido al respecto ha sido la de asimilar esta institución jurídica al contrato de compraventa con la finalidad de aplicar a la misma la regulación jurídica, contenida en la norma civil, con respecto al saneamiento por evicción y vicios ocultos. Al mismo tiempo, el estudio se refiere a la diferenciación existente entre la dación en pago y el pago por cesión de bienes.
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados