La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, completa, a través de la modificación de numerosas leyes procesales, la implantación de la nueva oficina judicial. El nuevo diseño de ésta supone un profundo cambio en la organización de la Administración de Justicia que incluye, de manera esencial, la distribución de competencias entre los Jueces y Magistrados y los Secretarios Judiciales. El objetivo del presente estudio consiste en dar cuenta de las modificaciones que dicha norma introduce en la Ley de Arbitraje, y que otorrgan un mayor número de competencias al Secretario Judicial en el ámbito de las funciones judiciales de apoyo y control de arbitraje.
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