La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha suavizado con su criterio sobre el art. 43.1f) de la Ley General Tributaria el tratamiento de los concursados en situación de cumplimiento del convenio. En el mismo sentido, el RDL 672010 también facilita la situación de los insolventes en fase de cumplimiento de convenio, reformando la Ley General de Subvenciones y la Ley de Contratos del Sector Público.
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