Aunque ha sido en el ámbito de la regulación de las obligaciones de documentación en la que se ha producido la mayor evolución, en estos momentos está en desarrollo un nuevo proceso de simplificación de las mismas. Por lo que se conoce, la limitación girará en torno a la cuantía de las operaciones fi jadas en atención al sumatorio estanco de las realizadas con cada entidad vinculada. Se excluyen de dicha exoneración de documentar determinados supuestos ligados a situaciones de riesgo fiscal claramente identificables
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