En el presente artículo de opinión se hace un análisis de la posible responsabilidad patrimonial de un estado miembro cuando éste incumple la normativa comunitaria. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 26 de enero de 2010 ha puesto fin a este espinoso asunto, sentando unos criterios que habrán de cumplirse a partir de ahora por todos los Estados y que suponen una mayor seguridad jurídica para los obligados tributarios.
En el fondo, el TJCE viene a establecer que el derecho nacional no puede gozar de una protección superior a la que debería tener el derecho comunitario.
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