El presente trabajo versa sobre los diferentes sistemas, públicos y privados, de videovigilancia que pueden ser instalados conforme a nuestro ordenamiento jurídico, así como el valor probatorio de las imágenes captadas como colisión contra el derecho a la intimidad y derecho a la protección de datos. Se justifica el modo en el que tales imágenes son incorporadas al procedimiento judicial y finalmente se realiza una breve reflexión sobre el posible control de la Agencia Española de Protección de datos.
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