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Resumen de Los derechos de los niños en la experiencia jurídica romana

Sebastiano Tafaro

  • El presente estudio, si bien parte de la premisa de que ciertamente en el derecho romano no existió un elenco de los derechos de los niños tal como se encuentra hoy previsto en los diferentes tratados y convenciones internacionales, busca demostrar que los valores que fundamentan tales derechos sí se encontraban, en cambio, presentes en la experiencia jurídica romana, lo que permitía hablar, ya para la época, de un derecho de nacer del concebido, cuya tutela se confiaba en forma concurrente a los patres y a la civitas; de un derecho a la paternidad o derecho de ser acogido en la familia; de un derecho al nombre, con el cual el niño se identificaba en la colectividad y entraba oficialmente en la familia; de un derecho a la crianza, esto es, a ser alimentado y criado; además de otras disposiciones dirigidas a la protección jurídica de los niños, tales como la prohibición del trabajo forzado y la prohibición relativa a las convenciones sobre prestaciones laborales, así como el derecho del impúber a ser asistido y protegido por un tutor; sin que pueda perderse de vista, claro está, que tales derechos no pueden ser valorados con base en nuestros esquemas, sino de acuerdo con la realidad jurídica de la experiencia romana, que se caracterizó por un sistema abierto de fuentes y que daría vida a principios de indiscutible civilidad jurídica correspondientes a la visión de una sociedad basada en las interacciones entre los derechos del individuo y las formaciones sociales (la primera entre todas, la familia).


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