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Nota: El concepto de utilidad según John Ralws

  • Autores: Felipe Martín Huete
  • Localización: Universitas: Revista de Filosofía, Derecho y Política, ISSN-e 1698-7950, Nº. 11, 2010, págs. 127-142
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Rawls tiene como propósito elaborar una teoría que represente una opción frente al utilitarismo clásico.

      El bienestar de la sociedad se formaría a partir de la satisfacción de los sistemas de deseos de los muchos individuos que la conforman, es decir realizar en la mayor medida el sistema general de deseos al que se llega a partir de los deseos de sus diferentes miembros. Llegamos así al concepto del principio de utilidad en que una sociedad esta ordenada cuando sus instituciones maximizan el equilibrio neto de satisfacción. La justicia social es el principio de prudencia racional aplicado a una concepción colectiva del bienestar del grupo. El autor interpreta el principio de utilidad como concebido para la satisfacción del deseo racional. Para el utilitarismo la distribución correcta en cada caso es la que produce la máxima satisfacción.


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